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lunes, 28 de abril de 2014

DOCE MESES DOCE CAUSAS DEDICA EL MES DE ABRIL A LA VELOCIDAD




·        Aspectos que debemos conocer relativos a la velocidad, y que se citan en el Reglamento General de Circulación nos ayudan a valorar la importancia de ciertos aspectos a tener en cuenta en la circulación.


Este mes de abril se ha dedicado el programa “Doce meses, doce causas” a la velocidad, después de conocer los datos facilitados por la D.G.T., relativos a esta Semana Santa en nuestras carreteras, donde el numero de victimas fue superior con respecto al pasado año.

Es importante hacer una reflexión sobre nuestro comportamiento como conductores, y en este sentido, la Escuela de Educación Vial de la Policía Local desea que los conductores de Bailén estén bien informados, para lo que nos hablan sobre algunos aspectos relativos a la velocidad que se citan en el Reglamento General de Circulación.

Abril:  La velocidad

El Reglamento General de Circulación establece en su Artículo 45 que todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a ellas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión.

El artículo 47 nos habla sobre velocidades máximas y mínimas, indicando que los titulares de la vía fijarán, mediante el empleo de la señalización correspondiente, las limitaciones de velocidad específicas que correspondan con arreglo a las características del tramo de la vía. En defecto de señalización específica, se cumplirá la genérica establecida para cada vía.

Es muy importante conocer los conceptos relacionados con la distancia de detención o de seguridad:

La distancia de detención, es la distancia o espacio que recorrerá un vehículo desde el momento que el conductor se apercibe de que debe de frenar, hasta el momento en que el vehículo se detiene totalmente.

Si analizamos esto, veremos que existen o se dan dos momentos claramente diferenciados que conviene conocer uno tiempo de reacción y otro es la distancia de frenado.

El primero, el tiempo de reacción es el tiempo que trascurre desde que el conductor se apercibe que debe de frenar, hasta el momento que actúa el freno. Durante este tiempo, el vehículo habrá recorrido una distancia que sera mayor o menor, dependiendo de la velocidad a la que circule el vehículo.

El segundo, la distancia de frenado es el espacio que recorre un vehículo desde que comienza actuar el sistema de frenado hasta que el vehículo se detiene totalmente.

Ahora veremos la regla de los dos segundos para medir la distancia de seguridad  para evitar accidentes:

La regla de los dos segundos se conoce como la regla 1101, 1102, porque el tiempo que se tarda en expresar, en voz alta o mentalmente, estas cifras, se corresponde con una duración aproximada de dos segundos, con esta regla se ha experimentado y se ha comprobado que mientras se circule a dos segundos del vehículo que va delante, en condiciones normales del pavimento dará tiempo a detener el vehículo.

Para finalizar, se recuerda el eslogan de este año para el proyecto de Educación Vial en los Centros Escolares:

“LOS ACCIDENTES NO PASAN SINO QUE NOS PASAN”

Se recuerda que se realizará un cuestionario con todas las preguntas que hagan y otro con las sugerencias, de modo que todas estas preguntas o sugerencias relacionadas con la causa del mes las podrán enviar al correo-electrónico heredia.policia@ayto-bailen.com o por carta dirigida a Escuela de Educación Vial de la Policia Local, C/ Juan Ramón Jiménez nº 23, Bailén (Jaén) .



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